Buscar por

SALA INICIÓ SESIÓN QUE DETERMINARÁ ADMISIBILIDAD DE ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL EN CONTRA DE S. PIÑERA

En el caso de deducirse la cuestión previa, esto es, que la acusación no cumple con los requisitos que la Constitución Política señala, la Cámara la resolverá después de oír a los diputados miembros de la comisión informante. Esta sesión está citada hasta el total despacho de la acusación.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 42 y siguientes de la Ley 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, y 334 y siguientes del Reglamento de la Corporación, la Cámara de Diputados inició su sesión destinada a considerar la acusación constitucional deducida por once diputadas y diputados en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera.

En virtud de lo establecido en el artículo 43 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, en el caso de deducirse la cuestión previa, esto es, que la acusación no cumple con los requisitos que la Constitución Política señala, la Cámara la resolverá después de oír a los diputados miembros de la comisión informante: Sofía Cid (RN), Gastón Von Mülhembrock (UDI), Daniel Verdessi (DC), Gastón Saavedra (PS) y Boris Barrera (PC).

Según lo previsto en los artículos 44 y 45 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, desechada la cuestión previa o si ésta no se hubiere deducido, la Cámara de Diputados procederá del siguiente modo:

a) Si el informe de la comisión recomienda aprobar la acusación, se dará la palabra al diputado que la mayoría de la comisión haya designado para sostenerla y, después de oír al afectado, si está presente, o se leerá la defensa escrita que haya enviado.

b) Si el informe de la comisión recomienda rechazar la acusación, se dará la palabra a un diputado que la sostenga y después podrá contestar el afectado o, si éste no lo hace, un diputado partidario de que se deseche.

El afectado podrá rectificar hechos antes del término del debate. Igual derecho tendrán el diputado informante de la comisión, cuando ésta recomiende acoger la acusación y un diputado que la sostenga, si la comisión recomienda rechazarla.

Esta sesión está citada hasta el total despacho de la acusación. Por acuerdo de los Comités Parlamentarios, a contar del inicio de esta sesión se suspenden las sesiones de las comisiones, independientemente de que se encuentren discutiendo proyectos de ley con urgencia calificada de “suma” o “discusión inmediata”; salvo autorización expresa de los Comités Parlamentarios.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *